Inspección de Trabajo en 2015 realizó un total de 69.928 visitas recaudando en sanciones de PRL más de 40.000.000 € cono consecuencia de las infracciones y sanciones cometidas conforme a la ley 31/1995 de PRL. Las infracciones de PRL están previstas en los artículos 11,12 y 13 del RD 5/2000 oscilando las sanciones desde 40 a 2.045€, en las infracciones leves, 2.046€ a 40.985€ en las graves y 40.986 hasta 819.780€ en las muy graves.
Una inspección de PRL puede ser rutinaria o estar motivada por la reciente apertura de un centro de trabajo,la solicitud de una licencia de apertura, la denuncia previa de un trabajador/extrabajador, un accidente laboral o una petición de informe emanada por otra administración de la autoridad laboral.
Ante una inspección , el responsable de PRL debe acompañar al inspector y entregarle la documentación requerida: el plan de PRL, el material preventivo , los resultados obtenidos de los controles de salud, el documento de asociación, la evaluación de riesgos y el plan de acción preventiva,la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales entre otras serán suficientes para evitar la comisión de cualquier infracción.